A la Oficina Nacional de Semillas (ONS) le corresponde por Ley llevar el registro de las importaciones y exportaciones de semillas, lo cual lo constituye una nota técnica para fines aduaneros.
Toda importación o exportación de semilla, de conformidad con la Ley de Semillas requiere del trámite de registro previo ante la Oficina, el cual es muy ágil, pudiéndose enviar las solicitudes inclusive vía fax o por medios electrónicos.
La información referente a la entrada y salida de semillas, que se lleva en un programa computadorizado, permite a la Oficina realizar el control oficial de calidad en aquellas especies que así lo requieran y, asimismo, constituye un valioso instrumento para fines estadísticos y, conocimiento general del mercado de semillas y sus tendencias.